¡FELIZ DÍA, FIDEEROS Y FIDEERAS!

Saludamos afectuosamente a todos/as aquellos/as que se desempeñan con tanto compromiso en nuestras ramas de Pastas Frescas y Secas en todo el país.

Aplicación del feriado para nuestros trabajadores y trabajadoras por el Día del Fideero y de la Fideera.

👉🏽 CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 90/90 – PASTAS FRESCAS

Artículo 11° “Se celebrará en la primera jornada de Trabajo que rige en la actividad, posterior a la semana del 25 de Mayo. Por lo tanto, el feriado corresponde el día: MARTES 02 DE JUNIO DE 2026. Ese día los/as trabajadores/as no concurrirán a sus tareas, debiéndose abonarles el jornal correspondiente, sin trabajarlo. En los casos que fuera necesario prestar servicios en virtud de las características de la Industria, el empleador abonará triple jornal al/la trabajador/a”.

👉🏽 CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 119/90 – PASTAS SECAS

Artículo 14° “a los fines de su celebración, se trasladará al lunes inmediato posterior al 25 de Mayo, por lo tanto, el feriado corresponde el día: LUNES 01 JUNIO DE 2026 y a los efectos de su pago, tendrá el alcance de feriado Nacional. En los casos de acordarse entre el empleador y la Asociación Profesional de Trabajadores prestar servicios ese día, el salario a percibir por el/la trabajador/a será triple por todo concepto, incluido el feriado”.

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