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Se realizó el 43° Congreso de Delegados y Delegadas del S.A.T.I.F.

El Hotel de Turismo Social “Raúl A. Aguirre”, en Huerta Grande, Provincia de Córdoba, fue el escenario elegido para la realización del 43° Congreso General Ordinario de Delegados y Delegadas del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera S.A.T.I.F.

A lo largo de dos días, los asistentes trabajaron arduamente y de manera colaborativa a fin de conocer lo realizado, el estado actual de las negociaciones salariales, se aprobaron las memorias y los balances de OSPIF y SATIF y plantearon mejoras de cara al futuro.

Luego, hubo dos días de capacitaciones específicas sobre situación actual de la obra social, Análisis del PMO, El Escenario Colectivo y Sindical, Los salarios y Cese – Indemnizaciones, Jornada, Banco de horas, y aplicación e implicancias de las reformas introducidas por la Ley 27.802, que estuvieron a cargo de nuestros asesores Dr. Esteban D’Epiro, Dr. Juan Fraiz, Dra. Silvina Fredes, Cdor. Leandro Romero, Cdra. Susana Valenti y Lic. Silvia Bordegaray.

Además, asumieron las autoridades del Consejo Directivo Central 2025-2029.

Asumieron las autoridades del Consejo Directivo Central 2025-2029

Fue en el marco del 43º Congreso General Ordinario de Delegados y Delegadas del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera.

Asumieron oficialmente sus cargos en el Consejo Directivo Central por el periodo 2025-2029.

  • Secretario General Guillermo F. CISTERNA
  • Secretario Adjunto Marcelo D. ANDRADA
  • Secretario Administrativo Julio C. CORVALAN
  • Secretario Tesorero Daniel F. MARCHETTI
  • Secretario Pren., Cultura y Actas Hernán A. TERNY
  • Secretario Gremial Carlos A. ANTONIO
  • Secretaria de Acción Social Elena VERDUN
  • Vocal Titular 1º Daniel A. PETELLA
  • Vocal Titular 2º Juan Carlos PERALTA
  • Vocal Titular 3º Paola Elizabet BARRERA
  • Vocal Titular 4º Romina Gisele VERDUM
  • Vocal Titular 5º Gustavo SCARPELLO
  • Vocal Titular 6º Juan José DECIMA
  • Vocal Suplente 1º Mario COCERE
  • Vocal Suplente 2º Néstor David CARO
  • Vocal Suplente 3º Daniel Alberto CORONEL
  • Vocal Suplente 4º Ernesto FIORITO
  • Vocal Suplente 5º Paulo Gastón MOLINA
  • Vocal Suplente 6º Eduardo Alberto BUSTOS

Reconocimos a miembros de SATIF por su compromiso sindical

En el marco del 43º Congreso General Ordinario de Delegados y Delegadas del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera, se entregaron reconocimientos a distintos miembros por su destacada labor, lealtad y compromiso en la acción sindical, demostrando siempre una firme convicción en la defensa de nuestros trabajadores y trabajadoras de Pastas Frescas y Pastas Secas.

Los reconocimientos fueron para Sergio Adrian Garnero, Juana Etelvina Blanca Chagaray, Sara Luisa Martinez y Carlos Eduardo Rodríguez.

En la ocasión también se homenajeó a Hugo Daniel Larrauri y Emmanuel Mariano Caselli por su destacada labor, compromiso y dedicación en el mantenimiento y administración de nuestros Hoteles de Turismo Social “Raúl A. Aguirre” en Huerta Grande, Córdoba y “22 de Mayo” en Mar del Plata respectivamente.

¡FELIZ DÍA, FIDEEROS Y FIDEERAS!

Saludamos afectuosamente a todos/as aquellos/as que se desempeñan con tanto compromiso en nuestras ramas de Pastas Frescas y Secas en todo el país.

Aplicación del feriado para nuestros trabajadores y trabajadoras por el Día del Fideero y de la Fideera.

👉🏽 CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 90/90 – PASTAS FRESCAS

Artículo 11° “Se celebrará en la primera jornada de Trabajo que rige en la actividad, posterior a la semana del 25 de Mayo. Por lo tanto, el feriado corresponde el día: MARTES 02 DE JUNIO DE 2026. Ese día los/as trabajadores/as no concurrirán a sus tareas, debiéndose abonarles el jornal correspondiente, sin trabajarlo. En los casos que fuera necesario prestar servicios en virtud de las características de la Industria, el empleador abonará triple jornal al/la trabajador/a”.

👉🏽 CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 119/90 – PASTAS SECAS

Artículo 14° “a los fines de su celebración, se trasladará al lunes inmediato posterior al 25 de Mayo, por lo tanto, el feriado corresponde el día: LUNES 01 JUNIO DE 2026 y a los efectos de su pago, tendrá el alcance de feriado Nacional. En los casos de acordarse entre el empleador y la Asociación Profesional de Trabajadores prestar servicios ese día, el salario a percibir por el/la trabajador/a será triple por todo concepto, incluido el feriado”.

Están disponibles las tarifas de Otoño-Invierno 2026

Se informa que ya se encuentran disponibles las tarifas para visitar el “Hotel Raúl Andrés Aguirre” de la localidad de Huerta Grande-Córdoba, y el “Hotel 22 de mayo”, ubicado en Mar del Plata, durante la temporada otoño-invierno 2026.

Es importante destacar que ambos Hoteles se encuentran abiertos durante todo el año.

Para acceder a las solicitudes de estadía y más información solicitamos acercarse y comunicarse con cada Seccional según corresponda: https://www.satif.com.ar/seccionales/

Correo de contacto: turismo@satif.com.ar

Todos los turistas que concurran a nuestros Hoteles de Turismo Social deberán cumplir todas las disposiciones de reglamentación dispuestas, sobre todo el horario de entrada 9hs y salida 9hs. 

Tarifas otoño-invierno 2026 Córdoba: click aquí

Tarifas otoño-invierno 2026 Mar del Plata: click aquí

Están disponibles las tarifas de Semana Santa 2026

Se informa que ya se encuentran disponibles las tarifas para visitar el “Hotel Raúl Andrés Aguirre” de la localidad de Huerta Grande-Córdoba, y el “Hotel 22 de mayo”, ubicado en Mar del Plata, durante la Semana Santa 2026.

Es importante destacar que ambos Hoteles se encuentran abiertos durante todo el año.

Para acceder a las solicitudes de estadía y más información solicitamos acercarse y comunicarse con cada Seccional según corresponda: https://www.satif.com.ar/seccionales/

Todos los turistas que concurran a nuestros Hoteles de Turismo Social deberán cumplir todas las disposiciones de reglamentación dispuestas, sobre todo el horario de entrada 9hs y salida 9hs. 

Tarifas Semana Santa 2026 Córdoba: click aquí

Tarifas Semana Santa 2026 Mar del Plata: click aquí

Sobre feriados de marzo y abril

A continuación compartimos información importante sobre los feriados de octubre, informe elaborado por el Estudio Jurídico D’Epiro – Pineda & Asoc.:

Es importante destacar que, para los feriados nacionales, rige la misma normativa del descanso dominical. Esto quiere decir que no se puede obligar ni coaccionar a los trabajadores a prestar servicio, es optativo para el trabajador presentarse o no a laborar en día feriado nacional. En el caso que se requiriese y el trabajador optare por prestar tareas gozarán de una remuneración doble por dicha jornada. No obstante, tiene derecho a que no se le descuente el día ni el premio por presentismo, en el caso de no concurrir. (LCT arts. 165,166 ss. y ccs.).

Es dable destacar que la Ley de modernización laboral no ha introducido cambios referido a este punto en cuestión.

Es fundamental diferenciar los días feriados inamovibles, de los feriados decretados por el P.E. conforme la ley 27.399, que son designados días no laborales. En base a esto, corresponde aclarar que:

Los días feriados de Marzo:

  • El día lunes 23 de marzo, día no laborable (feriado puente con fines turísticos), es optativo para el empleador decidir si se trabaja, si el trabajador prestara sus servicios, no le corresponde que se le abone el doble de la remuneración. Es decir que, a diferencia de los feriados nacionales, en los días feriados no laborables decretados por el P.E. (conf. arts. 7 y 8 ley 27.399), el empleador tiene la opción de decidir si se trabaja, y no se paga salario doble.
  • El día martes 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado nacional inamovible), es optativo para el trabajador prestar servicios. Si así lo hiciera, corresponde que se le abone el doble de la remuneración, ya que goza en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la Ley 20.744 para el descanso dominical.

Los días feriados de Abril:

  • El día jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado nacional inamovible), es optativo para el trabajador prestar servicios. Si así lo hiciera, corresponde que se le abone el doble de la remuneración, ya que goza en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la Ley 20.744 para el descanso dominical.
  • El día viernes 3 de abril: Viernes Santo, (feriado nacional inamovible), es optativo para el trabajador prestar servicios. Si así lo hiciera, corresponde que se le abone el doble de la remuneración, ya que goza en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la Ley 20.744 para el descanso dominical.

RESUMEN: El lunes 23 es un día no laborable, lo que significa que el empleador puede decidir si se trabaja o no, sin obligatoriedad de pago doble. El martes 24 es feriado nacional, por lo que, si se trabaja, corresponde el pago doble. El empleado cobra la remuneración habitual más un recargo del 100%.

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