Novedades

Sobre los feriados de junio

A continuación compartimos información importante sobre los feriados de junio, informe elaborado por el Estudio Jurídico D’Epiro – Pineda & Asoc.:

Es importante destacar que para los feriados nacionales, rige la misma normativa del descanso dominical. Esto quiere decir que no se puede obligar ni coaccionar a los trabajadores a prestar servicio, es optativo para el trabajador presentarse o no a laborar en día feriado nacional. En el caso que se requiriese y el trabajador optare por prestar tareas gozarán de una remuneración doble por dicha jornada. No obstante, tiene derecho a que no se le descuente el día ni el premio por presentismo, en el caso de no concurrir. (LCT arts. 165,166 ss. y ccs.).

Es fundamental diferenciar los días feriados de los días no laborales. Los feriados son estipulados por el Gobierno Nacional y deben otorgarse obligatoriamente a los trabajadores. En cambio, los días no laborales son establecidos por los empleadores, salvo “bancos, seguros y actividades a fines”, tal cual indica la normativa. En el caso de los días no laborales, el empleado recibirá su salario simple ( art. 167 LCT). En base a esto, corresponde aclarar que:

➔ El día Sábado 17 de Junio, por ser feriado nacional, (conf. arts. 1 y 6 ley 27.399), no es obligatorio para el trabajador prestar servicios y si así lo hiciera, corresponde que se le abone una doble remuneración (conf. art. 166 LCT).

➔ El día Domingo 18 de Junio, rigen las reglas del descanso dominical (art. 1 ley 18.204).

➔ El día Lunes 19 de Junio, es optativo para el trabajador presentarse a prestar servicios. Si así lo hiciera, corresponde que se le abone el doble de la remuneración, ya que goza en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación respecto de los feriados nacionales. (conf. arts. 7 y 8 ley 27.399).

➔ El día Martes 20 de Junio, por ser feriado nacional, (conf. arts. 1 y 6 ley 27.399), no es obligatorio para el trabajador prestar servicios y si así lo hiciera, corresponde que se le abone una doble remuneración (conf. art. 166 LCT).

Jornadas de capacitación en el S.A.T.I.F.

Acorde al lema de la gestión “Trabajo+Proyección+Capacitación”, Secretarios/as Generales de las seccionales y miembros del Consejo Directivo Central del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera S.A.T.I.F. se capacitarán la próxima semana en distintas temáticas como derechos laborales y colectivos, jornada laboral, régimen de vacaciones, despidos, sanciones, acoso, entre otras.

A continuación, se puede acceder al programa de las jornadas, que tendrá como disertantes al Dr. Esteban D’Epiro, el Dr. Adolfo Matarrese, el Dr. Juan Fraiz, la Dra. Gabriela Pineda, la Dra. Silvina Fredes y la contadora Susana Valenti.

Sobre Licencia ordinaria y Vacaciones

Aspectos legales y consideraciones a tener en cuenta respecto a la situación actual en materia laboral y su actualización normativa, por el Dr.Esteban D’Epiro:

Licencia ordinaria / Vacaciones

Los convenios colectivos de trabajo de Pastas Frescas y Pastas Secas adhieren a lo estipulado por el plexo normativo que regula la ley de contrato de trabajo en materia de vacaciones. A saber:

  • Hasta 5 años de antigüedad: corresponden 14 días de vacaciones
  • Entre 5 y 10 años de antigüedad: corresponden 21 días de vacaciones
  • Entre 10 y 20 años de antigüedad: corresponden 28 días de vacaciones
  • Más de 20 años de antigüedad: corresponden 35 días de vacaciones

Según los convenios colectivos y la LCT, las mismas podrán ser gozadas entre el 1° de Octubre y el 30 de Abril del año siguiente.

Para gozar del plazo mínimo de vacaciones estipulado, el trabajador debe mínimamente haber prestado servicios por 6 meses. En el caso que no llegue a computar este plazo, corresponde un día de vacaciones por cada veinte días de trabajo efectivo. Ej: un trabajador que prestó servicios por 6 meses le corresponde 6 días de vacaciones.

  • Las vacaciones se liquidan de la siguiente manera conf. Art. 155 LCT:

Hay que dividir el sueldo por 25 días y ese resultado multiplicarlo por la cantidad de días de vacaciones.

Ej: Sueldo = $40.000, Días de vacaciones = 14
$40.000/25= $1600
$1600*14= $22.400

  • Cuando se extingue el contrato de trabajo, por las razones que sean, le corresponde al trabajador (o a sus derecho-habientes) por derecho, recibir una indemnización correspondiente al período de vacaciones proporcional a la fracción del año trabajado.
  • Si bien no se puede obligar en sentido estricto a un trabajador a tomarse los días de vacaciones que le corresponden, en el caso que el trabajador no se las quiera tomar, no las puede intercambiar por dinero. La existencia y creación de las mismas tienen un fundamento que excede los preceptos legales que tiene que ver con la salud del trabajador. Convenio 132 OIT art. 12.

Atención presencial de la Seccional San Jorge

La Seccional San Jorge atenderá presencialmente de lunes a viernes de 7 a 12. Será con uso de barbijo obligatorio y no más de tres personas en el interior, a fin de mantener el distanciamiento social. ¡Nos seguimos cuidando!

Recordamos información sobre todos los horarios de atención y vías de contacto:

SATIF-OSPIF Central

Afiliaciones: administracion@ospif.com.ar

Sindicato: administracion@satif.com.ar

Pagos: angelica@ospif.com.ar

Convenios: vanesa@ospif.com.ar

Discapacidad: patricia@ospif.com.ar

Autorizaciones: gabriela@ospif.com.ar

Teléfono OSPIF: 11 41423584

Seccional Bahía Blanca

Atención: lunes a viernes de 8 a 15.

291-6424368 / bahiablanca@satif.com.ar

Seccional Córdoba

Atención: lunes a viernes a 9 a 17.

351-6619951 / 351-7910863/ 351- 6619949

cordoba@satif.com.ar

Seccional Junín

Atención: lunes a viernes de 8 a 13

236-4547359 / junin@satif.com.ar

Seccional La Plata

221 – 4766421 / laplata@satif.com.ar

Seccional Mar del Plata

Atención: lunes a viernes de 9 a 15

223-5638281 /mardelplata@satif.com.ar

Seccional Melincué

3465 – 405689 / 3465 – 499323

melincue@satif.com.ar

Seccional Mendoza

Atención: lunes y miércoles de 8 a 12; martes, jueves y viernes de 10 a 14

261-3830837 / 261-5938381

mendoza@satif.com.ar

Seccional Olavarría

Atención: lunes a viernes de 10 a 14

2284 533830

Correo: olavarria@satif.com.ar

Seccional Río Cuarto

Atención: lunes a viernes de 8.30 a 12.30 y de 16 a 19.

3584011290

riocuarto@satif.com.ar

Seccional Rosario

Atención: lunes, miércoles y viernes de 10.30 a 15.30

341 3241044/ 3476 560701 / 011 41655745

rosario@satif.com.ar

Seccional San Francisco

3564579434 / sanfrancisco@satif.com.ar

Seccional San Jorge

Atención: lunes a viernes de 7 a 12

sanjorge@satif.com.ar

Seccional Santa Fe

Atención: lunes, miércoles y viernes de 9 a 13

342 6984467 / santafe@satif.com.ar

Seccional Santiago del Estero

385 4332412 / 385 4197219 /385 6097182

satifospifsgo@gmail.com

Seccional Tres Arroyos

Atención: lunes a viernes de 9 a 16

02983 15404910 / 02983 15444770

tresarroyos@satif.com.ar

Seccional Tucumán

381 5860552 / siver@hotmail.com.ar

Seccional San Juan: se dirige al contacto de la Seccional Mendoza.
Seccional Resistencia: se dirige al contacto de la Seccional Santa Fe.

Se acerca el 39 Congreso General de Delegados de S.A.T.I.F.

Entre el 10 y el 12 de mayo se llevará a cabo el 39° Congreso General Ordinario de Delegados del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Industria Fideera S.A.T.I.F. La cita será en el Hotel de Turismo Social “Raúl A. Aguirre”, en Huerta Grande, Provincia de Córdoba.

Además de las acciones propias del Congreso, en dicho evento se realizará lectura de la memoria de gestión y balances de S.A.T.I.F. y O.S.P.I.F.; se dará información sobre Turismo Social y lo referido a los Hoteles de nuestra Institución; y se efectuará la puesta en posesión de sus cargos de los nuevos integrantes del Consejo Directivo Central, electos en las elecciones del 26/11/2021, por la Junta Electoral
Nacional.

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